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El Supremo anula el nuevo barrio de Orriols y retrasa la torre de 19 plantas

El PSPV insinúa que Barberá quiso favorecer a la empresa adjudicataria del plan
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación del Ayuntamiento y ha declarado nulo el proceso de adjudicación del nuevo barrio de Orriols. El fallo no afectará a los edificios ya construidos, aunque retrasará una torre de 19 plantas prevista. El PSPV insinúa que Barberá quiso favorecer a una empresa.
 
 
 
 
 
 
 
 

La comisión de Urbanismo aprobó ayer el estudio de detalle de dicho inmueble con los votos del grupo popular. Aún así, el concejal Jorge Bellver aseguró que el expediente se mantendrá a la espera de que se cumpla la sentencia del Supremo.

El delegado de Urbanismo está a la espera de un informe de los servicios jurídicos del Ayuntamiento, por lo que rechazó concretar el tiempo que tardará en normalizarse la situación legal de este polígono de viviendas, aprobado a finales de los años 90 y que se extiende desde el actual barrio de Orriols hasta el estadio Ciudad de Valencia. Se extiende por 541.000 metros cuadrados y suma 3.355 viviendas.

Eso sí, Bellver aseguró que el fallo no afectará a los edificios ya terminados y con llaves entregadas. El recurso fue interpuesto por la empresa que perdió en el concurso de adjudicación, Gestión Urbanizadora Valenciana S.L., y se basa en la falta de publicidad de la alternativa que finalmente ganó, encabezada por Espacios del Norte. El Supremo ratifica así un fallo del Tribunal Superior de Justicia.

Precisamente ayer pasó por la comisión la propuesta de Valenciana de Confort para una torre de 19 plantas junto al estadio Ciudad de Valencia, en un solar que en origen fue propiedad del Levante U.D. y que más tarde pasó a Gesfesa. El edificio albergará 105 pisos, cuyas primeras cinco plantas serán de uso mixto residencial y comercial.

La sentencia obliga a publicar de nuevo el planeamiento urbanístico de todo el barrio, con los criterios y condiciones actuales, según la primera interpretación del fallo del alto tribunal. El Supremo considera que la administración municipal “ha violado el ordenamiento jurídico, de un lado, porque admitió intempestivamente la presentación de alternativas sustancialmente distintas a la original, y de otro, porque la alternativa que resultó ser la escogida, no fue sometida a los mecanismos de publicidad pertinentes”. En otro párrafo se añade que “ha quedado en entredicho la transparencia de la contratación” para el PAI de Orriols y, “por supuesto, los principios de igualdad, no discriminación y libre concurrencia”.

Críticas de la oposición
El portavoz socialista, Rafael Rubio, comentó a Efe que la sentencia “demuestra la concepción del urbanismo de Barberá” porque “limitó los derechos de otras empresas que quisieron optar a la adjudicación, así como los de los propietarios en sus alegaciones”. Aseguró que Barberá practica una política “opaca”. Según Rubio, las consecuencias jurídicas de la sentencia del Supremo son “muy complicadas” porque “la mayoría de parcelas ya se ha edificado” y, a ese respecto, mencionó la posibilidad de que el Ayuntamiento “intentase que el adjudicatario del plan fuera alguien concreto”.

La sentencia pasó ayer mismo por la comisión de Hacienda. La concejala de Esquerra Unida María Victoria González afirmó que obliga a pagar “una indemnización a la constructora que se quedó fuera debido a que el Ayuntamiento no cumplió la obligación de la libre concurrencia ni tampoco contó en la adjudicación con una propuesta que planteó esa empresa”, para añadir que “a dicha indemnización se le añade el hecho de que tengamos que pagar también las costas.” Según el fallo, esta cantidad rondará los mil euros.

FUENTE: Las Provincias

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